PROPIEDAD INDUSTRIAL, MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS

1¿Qué es una marca?
Una marca es el signo que distingue un producto de otro, o un servicio de otro y juega un papel indispensable dentro de la competencia comercial.
2¿Qué puede ser una marca y que no?
Pueden registrarse como marcas palabras, dibujos, emblemas, monogramas, grabados, estampados, sellos, imágenes, envases y frases publicitarias. La finalidad del registro de marca es proteger legalmente el nombre de su producto o servicio y al mismo tiempo dotarlo de distintividad dentro de un mercado cada vez más competido.
3¿En qué consiste?
La denominación de origen está constituida por el nombre de un país, de una región, localidad o sitio específico en donde convergen unos factores naturales, geográficos, climáticos, telúricos, topográficos, o humanos que hacen que un producto tenga unas especiales características.
4¿Qué tipo de marcas existen?
Existen Marcas para distinguir productos y Marcas para distinguir servicios. Cuando su empresa no es productora o fabricante sino que su actividad es la de prestar ciertos servicios, existen varias denominaciones y dentro de estas encontramos:
5¿Para qué sirve una marca y que derechos otorga?
La capacidad de distinción de una marca permite que los consumidores reconozcan la procedencia del producto y/o servicio, así como sus calidades o características. El registro de una marca genera un vínculo entre quien consumirá el producto o servicio y el titular de la marca. Una marca registrada otorga a su titular el derecho al uso exclusivo de la misma, con la posibilidad de excluir y prohibir a otros, el uso de la misma y de cualquier otra marca que por ser similar a la registrada, pueda confundir al consumidor o afectar la exclusividad del derecho.
6¿Cuáles son las ventajas de registrar mi marca?
• Distinguirse frente a la competencia. • Indicar la procedencia del producto o servicio. • Indicar calidad y características. • Publicidad del producto. • Impedir y/o autorizar a terceros el uso de la marca. • Utilizar el signo ® demostrando a terceros que su marca esta legalmente registrada.
7¿Quién puede registrar mi marca?
Cualquier persona natural o jurídica (sociedad o empresa unipersonal). Varias personas pueden ser titulares de los derechos sobre una marca.
8¿Cómo se registra una marca en Colombia?
Se presenta la solicitud ante las autoridades nacionales competentes; ésta solicitud debe cumplir los requisitos de forma y fondo exigidos por la oficina de marcas, quien velará por que el signo solicitado cumpla con la función de distintividad y no lleve la contraria al orden público.
9¿Cuanto dura el proceso de solicitud?
Alrededor de nueve meses, siempre y cuando no se presente ninguna eventualidad.
10¿Qué eventualidades pueden suceder en el proceso de registro?
• Que la marca no cumpla los requisitos de forma y su titular sea requerido para darle cabal cumplimiento a las exigencias de ley. • Que terceros presenten escrito de oposición en contra de la solicitud. • Que la marca sea negada, caso en el cual procederá los recursos legales.
11¿Cuanto tiempo dura vigente una marca en Colombia?
10 años.
12¿Por qué se puede perder la marca?
Por no uso durante un término de 3 años. Por convertirse en la designación general del producto o servicio que distingue.
13¿El uso de la marca sin registro, me da algún derecho?
En el sistema Norte Americano sí. Sin embargo en los países bajo el sistema Andino, el registro es constitutivo, por lo que sin el registro, no se tiene ningún derecho.
14¿El registro de marca cubre todos los servicios?
No. La marca deberá registrarse dentro de una de las 45 clases a través de la categorización del nomenclador internacional que clasifica todos los productos o servicios. (Arreglo de Niza 9º edición). Según la actividad comercial de la empresa titular de la marca o la naturaleza del producto a distinguir, ADALID Corp brindará el soporte jurídico correspondiente a fin de asesorarle en la clase idónea. No obstante lo anterior, usted podrá registrar una marca en las 45 clases, si es de su interés.
15¿Qué es la clasificación internacional de productos y servicios?
Es una clasificación que agrupa los productos y servicios en 45 clases diferentes: 34 de productos y 11 de servicios.
16¿Cuál es el plazo de duración del registro de la marca?
La duración del registro es de 10 años contados desde la fecha de concesión del registro, renovable por periodos iguales y sucesivos.
17¿El registro de una marca en un país me confiere derechos a nivel mundial?
No. La marca registrada tiene validez en el país en que fue registrada, por ello se recomienda registrarla no solo en el país de domicilio del dueño, sino en aquellos en los que los productos o servicios de su marca son distribuidos.
18¿En qué se diferencia la marca del nombre del dominio a la marca del nombre de mi empresa?
El nombre de dominio es la dirección de “Internet” y no concede a su titular ninguno de los derechos que confiere la marca registrada. El nombre de la empresa o denominación social, distingue a la sociedad detrás de dicho nombre, mas no a sus productos o servicios y, al igual que el nombre de dominio, no confiere ningún derecho de propiedad como los otorgados por una marca registrada, de forma tal que una empresa diferente a la suya, puede registrar como marca el nombre de su empresa, cuando esta no tenga marca alguna, y es ahí donde deberá entrar a disputar la nueva solicitud con el uso de su nombre.
19¿Es aconsejable pedir una búsqueda de anterioridades antes de presentar una solicitud?
Sí. Antes de presentar una solicitud conviene hacer una búsqueda para localizar marcas o nombres comerciales solicitados o registrados anteriormente, a fin de prevenir una eventual negación del registro.
20¿Se puede vender o transmitir una solicitud de marca o nombre comercial?
Sí. Los derechos sobre una solicitud, marca o nombre comercial, son transmisibles por todos los medios reconocidos por el derecho.

LEMA COMERCIAL

1¿Qué es?
Un lema comercial es un signo distintivo consistente en una palabra, frase o leyenda que se utiliza como complemento de una marca. Es lo que se conoce comúnmente como eslogan.
2¿Para qué sirve?
El lema comercial sirve para complementar o fortalecer la función identificadora o distintiva de una marca a la que está asociado.
3¿En qué consiste?
El lema está concebido como una expresión gramatical exclusivamente, sea esta una palabra, una frase o una leyenda. Se excluye entonces la posibilidad de que un lema contenga dibujos, imágenes, formas, colores, logotipos, figuras, símbolos, gráficos, retratos, etiquetas, emblemas, escudos o cualquier otro elemento que difiera de una grafía.
4¿Cómo se obtiene la protección?
La protección de los lemas comerciales como bienes susceptibles de derecho de dominio se obtiene mediante el registro en la Superintendencia de Industria y Comercio, previo el registro de la marca a la que vayan asociados.
5¿Qué protección otorga el registro?
El registro otorga como protección el derecho al uso exclusivo del lema comercial durante el término de vigencia de la marca a la que está asociado, pudiéndose renovar por el mismo término en que se vaya renovando ésta.
6El registro es válido en otros países
En principio los derechos sobre el registro de marca tramitado y concedido en Colombia tendrán una limitación territorial referida al territorio del país, por lo cual, el registro de marca carece de una protección en el exterior y si usted desea protegerla en otro país deberá solicitar el registro en ese país.

NOMBRES

1¿Qué es un nombre comercial?
Un nombre comercial es un signo que siendo perceptible por sentido de la vista y del oído sirve para identificar o distinguir a un empresario.
2¿Para qué sirve?
A diferencia de la marca que identifica o distingue productos o servicios, el nombre comercial sirve para identificar, individualizar y distinguir al empresario que está detrás de una actividad económica. Sin embargo, hay que distinguirlo de la denominación social, la razón social u otra designación inscrita en el registro de personas naturales o jurídicas, pues, aunque pueden coincidir estas son independientes en tanto que ese nombre en el registro es un atributo de la personalidad, mientras que el nombre comercial es un signo distintivo y como tal debe ser entendido como un bien que hace parte del patrimonio de un empresario.
3¿En qué consiste?
El nombre comercial puede consistir en palabras, letras, números, dibujos, imágenes, formas, colores, logotipos, figuras, símbolos, gráficos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas, escudos, o combinación de estos elementos.
4¿Cómo se obtiene la protección?
La protección de los nombres comerciales como bienes susceptibles de derecho de dominio depende del carácter de distintivos, se adquiere mediante el uso que se haga de él en el comercio y se pierde por la cesación de dicho uso. El uso, sin embargo, de acuerdo con los presupuestos establecidos en la normatividad, debe ser personal, público, real, efectivo y continuo. Cabe aclarar que se debe entender por estos conceptos; así, uso personal se refiere a que la utilización y ejercicio de la actividad, distinguida con el nombre, sea por parte de su propietario; el carácter de público se relaciona con la exteriorización, que haya salido de la órbita interna; el uso real, efectivo u ostensible, se refiere a la capacidad de ser advertido por cualquier transeúnte; y el carácter de continuo está referido a que el uso sea interrumpido, en la medida en que el nombre se adquiere por su uso y se pierde por su no uso.
5¿Qué protección se otorga?
El derecho al uso exclusivo inherente a todos los signos distintivos también se predica del nombre comercial protegido –en los términos antes descritos- y comprende la facultad del propietario de impedir que terceros no autorizados lo usen o usen signos similarmente confundibles para bienes o servicios relacionados con la actividad del empresario. Esta facultad se ejerce mediante las acciones judiciales ante los Jueces Civiles del Circuito y/o las acciones administrativas respectivas.
6¿Qué es el depósito?
A la Superintendencia de Industria y Comercio se le ha asignado la competencia de conceder el depósito que los comerciantes hagan sobre sus nombres comerciales. Esta inscripción tiene un carácter meramente declarativo y no constituye la fuente de un derecho de exclusividad que le permita al titular actuar contra terceros. El carácter declarativo del depósito hace que esta inscripción solo sea tenida como una presunción sobre la fecha en que se llevó a cabo el primer uso del nombre comercial, sin que se tenga como única prueba del mismo.

ENSEÑAS

1¿Qué es una enseña?
La enseña comercial es un signo que siendo perceptible por el sentido de la vista sirve para identificar a un establecimiento mercantil.
2¿Para qué sirve?
A diferencia del nombre comercial que sirve para identificar al empresario, la enseña comercial distingue al establecimiento de comercio.
3¿En qué consiste?
La enseña comercial puede consistir en palabras, letras, números, dibujos, imágenes, formas, colores, logotipos, figuras, símbolos, gráficos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas, escudos, o combinación de estos elementos.
4¿Cómo se obtiene la protección?
La protección de las enseñas comerciales como bienes susceptibles de derecho de dominio depende del carácter de distintivos, se adquiere mediante el uso que se haga de él en el comercio y se pierde por la cesación de dicho uso. El uso, sin embargo, de acuerdo con los presupuestos establecidos en la normatividad, debe ser personal, público, real, efectivo y continuo. Cabe aclarar que se debe entender por estos conceptos; así, uso personal se refiere a que la utilización y ejercicio de la actividad, distinguida con el nombre, sea por parte de su propietario; el carácter de público se relaciona con la exteriorización, que haya salido de la órbita interna; el uso real, efectivo u ostensible, se refiere a la capacidad de ser advertido por cualquier transeúnte; y el carácter de continuo está referido a que el uso sea interrumpido, en la medida en que el nombre se adquiere por su uso y se pierde por su no uso.
5¿Qué protección se otorga?
El derecho al uso exclusivo inherente a todos los signos distintivos también se predica de la enseña comercial protegido –en los términos antes descritos- y comprende la facultad del propietario de impedir que terceros no autorizados lo usen o usen signos similarmente confundibles para bienes o servicios relacionados con la actividad del empresario. Esta facultad se ejerce mediante las acciones judiciales ante los Jueces Civiles del Circuito y/o las acciones administrativas respectivas. Una de las acciones administrativas es la presentación de oposiciones. Sí usted encuentra que se está pretendiendo el registro de una marca o un lema comercial que por su similitud o identidad con su enseña comercial pueda causar confusión en el mercado, puede oponerse al registro, mediante la formulación de una oposición que deberá presentar en la SIC, dentro de los 30 días posteriores a la publicación de dicha marca en la Gaceta de la Propiedad Industrial. La oposición solo prosperará en el evento de que quien afirme tener el derecho sobre la enseña comercial pruebe que su uso, anterior a la solicitud de la marca cuya registrabilidad se estudia, es personal, público, real, efectivo y continuo. Por lo demás, corresponde a la Superintendencia verificar la capacidad distintiva de la enseña comercial para que se pueda entender ésta como una enseña comercial protegida.
6¿Qué es el depósito?
A la Superintendencia de Industria y Comercio se le ha asignado la competencia de inscribir el depósito que los comerciantes hagan sobre sus enseñas comerciales. Esta inscripción tiene un carácter meramente declarativo y no constituye la fuente de un derecho de exclusividad que le permita al titular actuar contra terceros. El carácter declarativo del depósito hace que esta inscripción solo sea tenida como una presunción sobre la fecha en que se llevó a cabo el primer uso de la enseña comercial, sin que se tenga como única prueba del mismo.

DENOMINACIONES DE ORIGEN

1¿Qué es una denominación de origen?
Una denominación de origen es una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que sin ser la de un país, una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos.
2¿Para qué sirve?
La denominación de origen como bien inmaterial sirve para distinguir las especiales calidades, reputación u otras características que pueda tener un producto en atención a las condiciones especiales del lugar de donde proviene.
3¿En qué consiste?
La denominación de origen está constituida por el nombre de un país, de una región, localidad o sitio específico en donde convergen unos factores naturales, geográficos, climáticos, telúricos, topográficos, o humanos que hacen que un producto tenga unas especiales características.
4¿Cómo se obtiene la protección?
La protección de las denominaciones de origen como bienes susceptibles de derecho de dominio se obtiene mediante la declaración de protección por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.
5¿Qué protección otorga la declaración?
La declaración de protección de la declaración de la denominación de origen está determinada por la subsistencia de las condiciones que motivaron la decisión de su declaración y solo deja de surtir efecto mediante otro acto administrativo proferido por la Superintendencia de Industria y Comercio.